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Renovación de las licencias de conducción

Nos permitimos recordar a los ciudadanos, que de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 (modificado por el Artículo 197 del Decreto 019 de 2012) y la Sentencia C-261 de 2022 de la Corte Constitucional, si su licencia de conducción venció entre el 1 y el 31 de enero de 2022, si no tiene fecha de vencimiento o si dice indefinida, usted debe renovarla inmediatamente para poder conducir por las vías del país.

Si su licencia de conducción no hace parte de las mencionadas anteriormente debe renovarla de acuerdo con la fecha de vencimiento que indica su licencia en la parte posterior. También puedes verificar el vencimiento en la consulta por Documento de Identidad dispuesta en nuestra página web.

Tenga en cuenta los requisitos para renovación de su licencia de conducción:

  1. Estar inscrito en el RUNT
  2. Presentar documento de identidad original
  3. Acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores, pagar los derechos del trámite y realizarse el examen físico, mental y de coordinación motriz.
  4. Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.
  5. Acercarse al organismo de tránsito de su ciudad para renovar la licencia de conducción, pagando los valores estipulados para el trámite.

Preguntas frecuentes


El valor del trámite varía en cada organismo de tránsito y de acuerdo con las tarifas por los derechos de tránsito que autorizan las Asambleas y Concejos de cada entidad territorial.

Las autoridades de tránsito impondrán comparendo y realizarán la inmovilización del automotor, conllevando a multa de $309.336

Es importante entender que cada categoría de su licencia puede tener una fecha de vencimiento diferente. Por ello se recomienda revisar la fecha de vencimiento de cada categoría antes de hacer la renovación.

CATEGORÍAS DE LICENCIAS DE CONDUCCIÓN:

Servicio particular

  • A1: motocicletas de menos de 125 centímetros cúbicos
  • A2: motocicletas de más de 125 centímetros cúbicos
  • B1: automóviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses
  • B2: camiones rígidos, busetas y buses
  • B3: vehículos articulados y tractocamiones de servicio particular

Servicio público

  • C1: automóviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses
  • C2: camiones rígidos, busetas y buses
  • C3: vehículos articulados de servicio público

NO, las personas que no conducen vehículos no deben renovar la licencia de conducción. La renovación se debe realizar si maneja algún carro, moto u otro tipo de parque automotor en las vías del país.