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¿Cada cuánto debo realizar la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes?

Se debe tener en cuenta lo siguiente:

Particulares: la primera revisión se hace 5 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.

Públicos: la primera revisión se hace 2 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.

Motocicletas: la primera revisión se hace 2 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.

Tipo de actor
Ciudadano
Orden
2.00