Se debe tener en cuenta lo siguiente:
Particulares: la primera revisión se hace 5 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.
Públicos: la primera revisión se hace 2 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.
Motocicletas: la primera revisión se hace 2 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.
Tipo de actor
Ciudadano
Orden
2.00
