FQA
La inscripción al RUNT se realiza de forma presencial ante un Organismo de Tránsito y/o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte.
Este trámite es personal. (Excepto en el caso en que un apoderado efectúa la inscripción de una persona que se encuentra en el extranjero. Ver pregunta ¿Cómo inscribir a una persona en el RUNT si está en el exterior?)
Sí es necesario agendar una cita para realizar el proceso de inscripción ante el RUNT.
En el Directorio de Actores puede consultar del RUNT se encuentran algunos datos como teléfono y dirección de los organismos de tránsito y direcciones territoriales del país.
Es clave verificar ante esas autoridades de tránsito si se debe o no solicitar cita para efectuar la inscripción. Se recomienda consultar los canales de comunicación de cada Organismo de Tránsito y Dirección Territorial (en la página web del organismo de tránsito y redes sociales)
No, la inscripción al RUNT se realiza, exclusivamente, de manera presencial.
- Presentar el documento de identidad (Cédula de ciudadanía, Tarjeta de identidad,
Registro Civil de Nacimiento, Cédula de Extranjería y Permiso por Protección Temporal (PPT) - Cancelar el valor del trámite
- Hacer el registro biométrico (huella dactilar, firma y fotografía)
- Suministrar sus datos personales: dirección, teléfono fijo y móvil y correo
electrónico.
Los documentos autorizados son: Cédula de ciudadanía, Tarjeta de identidad, Cédula de Extranjería y Permiso por Protección Temporal (PPT).
Sí, la contraseña se considera un documento válido de identificación que reemplaza la Cédula de Ciudadanía o la Tarjeta de Identidad, de conformidad con la circular 222 del 13 de diciembre de 2016 de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
La Contraseña es un comprobante de solicitud de trámite de documento de identidad expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil para el duplicado de Cédula de ciudadanía y Tarjeta de identidad, para lo cual, el Ministerio de Transporte, mediante memorando 20171340048633 del 31 de marzo de 2017, señaló que la contraseña sí es un documento válido de identificación.
El ciudadano colombiano que resida en el exterior puede realizar la inscripción en el RUNT a través de un tercero mediante poder o contrato de mandato, de conformidad con la Resolución Única Compilatoria No. 20223040045295 del 4 de agosto de 2022 del Ministerio de Transporte.
Sí, los extranjeros podrán hacerlo únicamente con la Cédula de extranjería vigente, mientras que los extranjeros venezolanos podrán hacerlo con su Cédula de extranjería o con el Permiso por Protección Temporal.
Sí, los menores de edad pueden inscribirse ante el RUNT presentando su Tarjeta de Identidad o Registro Civil de Nacimiento, a través de sus padres de familia o de un representante judicial (curador o tutor, quien debe anexar copia de la decisión de la autoridad judicial).
La tarifa para la inscripción al RUNT, actualmente, tiene un costo de $15.900 según la Resolución No. 20223040055235 de septiembre 13 de 2022 del Ministerio de Transporte. Sin embargo, es importante validar con el Organismo de Tránsito en el que se desea realizar la inscripción, debido a que ese valor cambia, dependiendo de los demás aspectos que conformen los derechos de tránsito, pues cada entidad es autónoma en cuanto al valor que defina para cada trámite.
En el mismo organismo de tránsito se puede verificar los medios de pago disponibles para pagar el valor del trámite.
Todos los ciudadanos que deseen realizar un trámite de tránsito (de vehículos, maquinaria, remolques o licencia de conducción, entre otros) en el país deben estar inscritos en la plataforma RUNT. Adicionalmente, esto permite:
- Tener y acceder a su hoja de vida como conductor.
- Hacer seguimiento de los trámites de tránsito registrados ante las diferentes entidades del sector.
- Contar con mayor seguridad en sus trámites.
Este proceso es ágil y breve porque ha sido pensado especialmente para el ciudadano, por lo tanto, no tomará mucho tiempo. Sin embargo, este trámite depende de los lineamientos de atención definidos por el Organismo de Tránsito o Dirección Territorial en el que se realice.
La vigencia de la inscripción es indefinida, por lo tanto, los ciudadanos solo deben realizar este proceso una única vez.
Sí, la inscripción ante el RUNT es válida en todo el territorio nacional.
Las personas que sufren de dermatitis, que la calidad de la huella dactilar sea tenue ilegible o que hayan perdido los dedos, pueden inscribirse en el RUNT de la siguiente manera:
- Acudir a Organismos de Tránsito autorizados del país.
- El funcionario certificador competente de la entidad realiza una validación para posteriormente emitir la aprobación de la documentación.
- Previo a la aprobación se procede a realizar el registro sin huella, en el sistema RUNT.
En la Consulta por Documento de Identidad de la página web RUNT digitando tipo y número de documento y la clave captcha, los ciudadanos pueden verificar en línea, su inscripción al RUNT.
La autoridad de tránsito solicitará copia del certificado de existencia y representación legal con una vigencia no mayor de 30 días.
Este trámite puede ser adelantado por cualquier delegado de esa persona jurídica. Sin embargo, debe tenerse presente que el representante legal de la empresa debe estar inscrito en el RUNT como persona natural.
Esta consulta puede hacerla en cualquier Organismo de Tránsito o Dirección Territorial del país.
La tarifa para la inscripción al RUNT, actualmente, tiene un costo de $15.900 según la Resolución No. 20223040055235 de septiembre 13 de 2022 del Ministerio de Transporte. Sin embargo, se debe validar con el Organismo de Tránsito en el que se desea realizar la inscripción, debido a que ese valor varía, dependiendo de los demás aspectos que conformen los derechos de tránsito, pues cada entidad territorial es autónoma en cuanto al valor que defina para cada del trámite.
En el mismo Organismo de Tránsito se puede verificar los medios de pago disponibles para pagar el valor del trámite.
Para inscribir una empresa ante el RUNT debe realizar el trámite Inscripción persona jurídica. Este trámite se realiza de forma presencial ante un Organismo de Tránsito y/o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte, tal como el de persona natural.
Sí, en caso de que un ciudadano necesite actualizar los datos de notificación como correo electrónico, teléfono y dirección, puede realizarlo a través de la página web RUNT en la opción: “Actualización de Datos”.
Si el ciudadano necesita actualizar datos biométricos (huella dactilar, firma y fotografía), nombres, apellidos, fecha de nacimiento o expedición de documento, debe dirigirse a cualquier Organismo de Tránsito o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte.
El ciudadano debe dirigirse a cualquier Organismo de Tránsito o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte y solicitar el trámite de actualización de datos, el cual tiene costo.
Sí. La inscripción en el RUNT es válida a nivel nacional y, por tanto, se puede realizar en cualquier Organismo de Tránsito o Dirección Territorial.
Según la Resolución No. 20223040055235 de septiembre 13 de 2022 del Ministerio de Transporte, la actualización de datos en el RUNT tiene un costo de $2.100, si se realiza a través de la página web.
Sin embargo, se debe validar con el organismo de tránsito en el que se desea realizar la inscripción, debido a que ese valor cambia, dependiendo de los demás aspectos que conformen los derechos de tránsito, pues cada entidad territorial es autónoma en cuanto al valor que defina para cada trámite.
En el mismo Organismo de Tránsito puede recibir información de los medios de pago disponibles.
El delegado de la empresa debe dirigirse a un Organismo de Tránsito o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte y presentar el certificado de existencia y representación legal con una vigencia no mayor de 30 días, en el que se evidencie el cambio de representante legal.
RUNTPRO es la nueva plataforma de trámites del Registro Único Nacional de Tránsito que reemplazará a HQ-RUNT. RUNTPRO es una plataforma más robusta, moderna, adaptable a los retos de la transformación digital y de fácil integración con tecnologías emergentes.
El cambio de HQ-RUNT a RUNTPRO se realiza de manera progresiva y por paquetes de trámites y funcionalidades. El orden de su implementación se comunica a través de los canales oficiales del RUNT. ¡Debes estar atento!
Serán los mismos usuarios de HQ-RUNT. Cada entidad cuando sea informada deberá realizar el proceso de migración de usuarios a RUNTPRO.
La plataforma HQ-RUNT se inhabilitará en la medida en que los trámites vayan pasando a RUNTPRO y hasta que salga totalmente de funcionamiento. Durante un tiempo estarán las dos plataformas paralelas, pero la que quedará para realizar el 100% de los trámites será RUNTPRO.
Para este caso deberá realizar la migración a la nueva plataforma RUNTPRO. El paso a paso de este proceso de migración puede encontrarlo en el micrositio creado específicamente para cada actor.
Sí, la firma digital que ha utilizado será la misma que podrá usar en RUNTPRO. Recuerde que los elementos compatibles puede encontrarlos en nuestra página web:
Una de las bondades de esta nueva plataforma es que se puede hacer el resteo automático desde el aplicativo. Pero para esto es importante tener el correo electrónico actualizado.
Para presentar una novedad, puedes acudir a los siguientes Canales de atención:
Centro de Contacto - Atención 7x24 horas
- Línea de atención: 018000930060
- Línea Bogotá: 6014232221
- PBX: (+57) 601 587 0400
*En esta transición a la nueva plataforma de trámites RUNTPRO debes estar atento a la información que enviamos a través del correo oficial concesionrunt@runt.com.co, las citaciones a socializaciones, la herramienta de E-learning Transforma y las publicaciones hechas en www.runt.gov.co
Nota: Recuerda que ahora los pagos se pueden hacer a través del Pago Seguro Electrónico – PSE
Toda la información registrada en el HQ-RUNT es migrada a la nueva plataforma del RUNTPRO, es importante tener en cuenta que el cambio de la plataforma no afecta el registro o proceso de los trámites que actualmente este ejecutando el actor migrado.
Es importante aclarar que esta novedad se presenta cuando el usuario cierra el navegador y no la sesión, o cuando dejó la sesión mucho tiempo inactiva.
En estos casos, recuerde que RUNTPRO cuenta con dos opciones de cerrar sesión: uno en la parte central de la página y otra en la parte superior derecha.
Primero, debe dar clic en la opción que indica Cerrar sesiones. Después, debe cerrar el navegador, ya que la plataforma no permite tener más de una sesión abierta.
Para solicitar la devolución de los recursos deben haber pasado 60 días del pago, tal cual como lo indica la liquidación, igualmente en el sistema RUNT debe registrar la liquidación en estado no utilizado, tenga en cuenta los siguientes pasos para el proceso de devolución:
1. Para los valores RUNT, remitir físicamente los siguientes documentos en la oficina de
correspondencia avenida/calle 26 # 59-41, edificio cámara colombiana de la infraestructura:
- Carta dirigida al operador del sistema RUNT informando de la situación e indicando la cuenta en la cual se debe realizar la devolución, dicha carta debe ser firmada por el representante legal o el ciudadano que solicita los recursos.
- Certificado de cámara de comercio no mayor a 90 días o copia de la cédula.
- Certificación bancaria de la cuenta a la cual se hará la devolución, la cual debe estar a nombre de quien solicita los recursos.
- Copia del documento (CUPL) con la cual canceló los valores, debe estar a nombre de quien solicita la devolución.
- Para ciudadanos que residan fuera de la ciudad de Bogotá, la documentación puede ser remitida a través de correo certificado.
2. Para los valores Ministerio de Transporte, realizar el procedimiento publicado en la página de gobierno en línea para trámite de devolución dinero por concepto de trámites cancelados y no realizados, en el siguiente link:
3. Para los valores de los Organismos de Tránsito, directamente con esa entidad.
No, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 2027 del 24 de julio de 2020, que modifica el artículo 15 de la Ley 1005 de 2006, en la que se dispone que son las Asambleas Departamentales, así como los Concejos Municipales y Distritales los competentes para establecer los derechos de tránsito en su jurisdicción y que, en consecuencia, en la tarifa que tales corporaciones establezcan se debe incluir un 0,70 UVT (Unidades de Valor Tributario) en favor del Ministerio de Transporte por los costos inherentes a la facultad que éste tiene de asignar series, códigos y rangos de las especies venales correspondientes a licencia de tránsito, placa única nacional, tarjeta de registro y licencia de conducción.
En la medida en que, el que recoge el dinero por concepto de derechos de tránsito es el banco y al final del día, éste hace la dispersión de lo que corresponde al Ministerio de Transporte, al Organismo de Tránsito y al RUNT.
Las tarifas del RUNT más recientes están establecidas en la Resolución No. 20223040055235 de septiembre 13 de 2022 del Ministerio de Transporte.
La Sede Electrónica es un portal hecho para que los ciudadanos puedan acceder a su información en el RUNT.
Cada ciudadano podrá consultar datos como: licencias de conducción, características de sus vehículos, infracciones y accidentes de tránsito, y solicitudes ante el RUNT que estén en curso, entre otros datos que tienen que ver con el ciudadano que haya hecho trámites ante el RUNT.
- Estar inscrito en el RUNT
- Tener los datos actualizados como persona natural en la plataforma RUNT, debido a que se hacen validaciones de seguridad y datos como el correo electrónico deben coincidir.
Si, es indispensable que se encuentre inscrito en RUNT.
Para verificar que esté inscrito en el RUNT, ingrese en la consulta de ciudadanos “Consulta por Documento de Identidad” en www.runt.gov.co pestaña ciudadanos. Si el resultado de la consulta es “No se ha encontrado información asociada al ciudadano”, quiere decir que no está inscrito y debe hacerlo o en su defecto arroja información, pero el estado es SIN REGISTRO.
En este último caso, para inscribirse ante el RUNT debe dirigirse personalmente a un Organismo de Tránsito o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte.
El ciudadano puede realizar la actualización de datos como: (correo electrónico, dirección y teléfono) a través de la página web del RUNT www.runt.gov.co, ingresando al micrositio Actores – Ciudadanos, en la opción: “Actualización de Datos”. El sistema habilita un set de preguntas que permiten validar la identidad de la persona que va a modificar sus datos.
Una vez haya realizado la actualización de datos, podrá continuar con el proceso de registro en el portal Sede Electrónica.
Si, al momento de ingresar y realizar el registro debe seleccionar la opción “Representante Legal” y digitar el NIT de la empresa; el sistema al reconocer la empresa autocompletará la información de la empresa junto con la información del representante legal en formato no editable.
Si la información se encuentra desactualizada es necesario dirigirse al Organismo de Tránsito o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte y realizar la actualización del representante legal.
Si, para acceder al portal es un requisito que la persona o entidad se encuentre inscrito en el RUNT, por lo cual, si se encuentran registrados podrán realizar su registro en el portal, seleccionando la opción “Persona Natural” junto con el tipo de documento que le corresponda.
Si al momento de iniciar sesión no recuerda la contraseña que registró, puede dar clic en la opción ¿Olvidó su contraseña?, e ingresar el correo electrónico que tiene registrado actualmente en el registro RUNT.
A dicho correo, llegará un código de verificación, el cual se debe ingresar a la plataforma en el campo “Código”, posterior a ello dar clic en el botón “código de comprobación” y enviar. Ingresado el código se habilitarán los campos para ingresar la nueva contraseña.
- La contraseña debe ser alfanumérica.
- Contener mínimo 10 caracteres o máximo 15.
- Contener una letra mayúscula, un carácter especial y al menos un carácter numérico.
Recuerde no utilizar contraseñas de fácil identificación.
Encontrará el historial de las infracciones impuestas, información que es consultada y validada directamente con el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito). En caso tal que la información no coincida o no corresponda, recuerde que debe validar esto con dicha entidad.
Se debe reportar a través de los canales establecidos, los cuales se relacionan a continuación:
Líneas de atención: fijo en Bogotá (601)- 4232221 o línea nacional 018000930060 o puede emitir su solicitud a través del formulario web https://www.runt.gov.co/contactenos/ciudadanos, relacionando la novedad.
- Seguridad: Los datos almacenados en Blockchain son inmutables, lo que reduce el riesgo de manipulación o fraude.
- Transparencia: Todas las transacciones pueden ser auditadas en tiempo real.
- Eficiencia: La automatización de procesos mediante contratos inteligentes reduce el tiempo y costo de operaciones.
- Propietarios: Podrán consultar información completa de sus vehículos de forma segura.
- Autoridades: Tendrán acceso a datos confiables para realizar verificaciones.
- Compradores de vehículos: Contarán con la certeza de que los datos del vehículo son auténticos y no han sido alterados.
Es un diagnóstico de las condiciones técnico mecánicas y de emisiones contaminantes que se realiza en un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA).
La Revisión Técnico Mecánica y de emisiones contaminantes la realiza un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA), el cual debe estar habilitado o registrado por el Ministerio de Transporte, y acreditado por la ONAC.
Ingresando a nuestro Directorio de Actores, allí puede realizar la búsqueda utilizando el filtro por nombre de actor, tipo y ciudad. El sistema le proporcionará la información de los Centros de Diagnóstico habilitados o registrados por el Ministerio de Transporte hasta el momento.
- Por su seguridad y la de las personas que transporta.
- Para prevenir posibles fallas de su vehículo.
- Para evitar accidentes.
Las características del vehículo son validadas, en primera instancia, por el Centro de Diagnóstico Automotor ante el RUNT; de no coincidir la información del RUNT con los datos de la licencia de tránsito o con las características físicas del vehículo, el ciudadano debe acercarse al Organismo de Tránsito donde está matriculado el vehículo para solicitar la corrección.
Se debe tener en cuenta lo siguiente:
Particulares: la primera revisión se hace 5 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.
Públicos: la primera revisión se hace 2 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.
Motocicletas: la primera revisión se hace 2 años después de la fecha de matrícula, luego debe realizarse cada año.
Para verificar los resultados cargados por el CDA al RUNT, puede ingresar a la Consulta Por Placa, disponible en la página web RUNT. En esta consulta es necesario ingresar número de placa y documento de identidad del propietario
- Debe dirigirse a un Centro de Diagnóstico Automotor autorizado y seguir las indicaciones entregadas por el personal del CDA.
- Si el vehículo no pasa la revisión, tiene 15 días para realizar los ajustes y volver a realizar la Revisión Técnico Mecánica, sin costo extra.
- Revisar su vehículo antes de retirarlo del CDA.
- Verificar que el certificado impreso entregado se encuentre cargado en la Consulta Por Placa, disponible en la página web RUNT.
Existen dos posibilidades por las cuales un vehículo o licencia de conducción pueden no estar cargados en el RUNT:
1. Porque el Organismo de Tránsito no ha realizado el reporte requerido de los archivos planos con la información del vehículo o licencia.
2. Porque a pesar de haber recibido los archivos planos, estos no han cumplido con los criterios de validación definidos para el cargue.
Para el caso uno (1) el ciudadano debe solicitar al Organismo de Tránsito el reporte de la información al RUNT a través de los canales establecidos, y para el caso dos (2) tener en cuenta que, el Registro Nacional de Conductores se encuentra cerrado desde el 3 de septiembre de 2012.
El Registro Único Nacional de Tránsito es el sistema que permite registrar, gestionar y mantener actualizada, centralizada, autorizada y validada la información sobre el Registro Nacional de Automotores, Registro Nacional de Conductores, Registro Nacional de Empresas de Transporte Público y Privado, Registro Nacional de Licencias de Tránsito, Registro Nacional de Infracciones de Tránsito, Registro Nacional de Centros de Enseñanza Automovilística, Registro Nacional de Seguros, Registro Nacional de Personas Naturales o Jurídicas, Públicas o Privadas que Prestan Servicios al Sector Público, Registro Nacional de Remolques y Semirremolques, Registro Nacional de Accidentes de Tránsito, Registro Nacional de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada, entre otros, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Ley 769 de 2002 y el artículo 11 de la Ley 1005 de 2006.
El RUNT es una plataforma tecnológica centralizada que, adicional al almacenamiento y registro de información de tránsito del país, reduce al máximo cualquier tipo de alteración en los registros con el fin de garantizar un esquema transparente y acorde con la realidad del sector de transporte del país, lo cual beneficia directamente a todos los ciudadanos. Para ello, cuenta con requerimientos exigentes de seguridad en el intercambio de la información entre los actores que intervienen en el proceso, lo que garantiza una alta confiabilidad y transparencia de cada uno de los procesos.
No es posible realizar este procedimiento si la maquinaria no se encuentra registrada ante el RUNT, uno de los requisitos para poder expedir la guía es que el detalle de la maquinaria esté cargada en el sistema.
El Ciudadano debe solicitar al Organismo de Tránsito el cambio de registro, para que este a su vez solicite al RUNT el cambio de registro teniendo en cuenta los procedimientos establecidos.
El ciudadano que va a registrar maquinaria agrícola ante el RUNT debe realizar el siguiente procedimiento:
- Se debe habilitar como importador ocasional o frecuente realizando la consulta mediante el correo soporteimportadores@runt.com.co a través del cual se le indicarán los pasos a seguir.
- Después de encontrarse habilitado se debe dirigir al Organismo de Tránsito para el registro de la información de la maquinaria, solo en el caso que la figura sea importador ocasional.
- En el caso que la figura sea importador frecuente, este podrá registrar la información directamente al sistema RUNT.
- Una vez la información se encuentre registrada en el RUNT, puede proceder con el trámite de matrícula inicial ante el Organismo de Tránsito.
Nota: Si presenta dudas respecto al proceso comuníquese al Centro de ayuda y servicios: Línea nacional 018000930060 o línea en Bogotá (601) 4232221.
Usted debe ubicar la sección de Ciudadanos. Ahí encontrará las distintas opciones de consulta.
Los ciudadanos pueden realizar las siguientes consultas:
- Consulta por Documento de Identidad
- Consulta de Vehículos por Placa
- Consulta de Infracciones de Tránsito
- Permiso de circulación restringida
- Consulta de peso bruto de vehículos rígidos
- Consulta Guía de Movilización
- Consulta Ficha Técnica de Homologación
- Ingreso de vehículos nuevos de carga
- Programa de modernización de vehículos de carga
- Programa de exención IVA CREI pasajeros y carga exceptuada
- Actualización de datos en RUNT
- Histórico Vehicular
- Histórico del Conductor
- Consulta Postulaciones Parque Automotor de Carga
- Normalización vehículos de carga
- Mis Solicitudes CREI
- Mis Solicitudes RUNISTAC
- Liquidación Web
Al realizar la consulta por documento de identidad, usted encontrará:
- Datos del conductor
- Estado del conductor (activo o inactivo)
- Número y fecha de la inscripción al RUNT
- Licencias de conducción
- Si tiene multas e infracciones
- Certificados médicos vigentes
- Certificados de aptitud en conducción
- Información solicitudes
- Información solicitudes de validación de identidad
Al realizar la consulta del Vehículo por placa usted encontrará:
- Número de licencia de tránsito
- Tipo de servicio
- Estado y clase del vehículo
- Información general del vehículo
- Datos técnicos del vehículo
- Vigencia de la póliza SOAT
- Vigencia de la Revisión Técnico Mecánica.
- Solicitudes
- Información Blindaje
- Certificado de revisión de la DIJIN
- Certificado de Revisión Física
- Compromiso de desintegración física total y pólizas de caución
- Tarjeta de operación
- Limitaciones a la propiedad
- Garantías a Favor De Garantías Mobiliarias (Registro de la garantía en el RNGM por parte de RUNT /
Registro del levantamiento a través del RNGM en el RUNT) - Autorización de registro inicial vehículo nuevo de carga
- Autorización de registro inicial vehículo nuevo de carga INVC (15%)
- Normalización y Saneamiento
- Vehículo a desintegrar por proceso de normalización
- Permiso de circulación restringida (PCR)
Si se trata de obtener información del vehículo solo con placa usted puede solicitar un histórico vehicular. En la sección de Ciudadanos puede ubicar esta herramienta.
No, ésta es una verificación física o documental que realiza el organismo de tránsito con respecto a la entidad competente, como la secretaria de hacienda, o la oficina que haga sus veces.
No, la entidad encargada de brindar información a nivel nacional es el SIMIT, y en Bogotá la Secretaría Distrital de Movilidad
No, las entidades encargadas de expedir el SOAT, así como las pólizas de responsabilidad civil y realizar su registro en el RUNT, son las compañías aseguradoras legalmente constituidas en Colombia
Esa facultad está asignada a los organismos de tránsito, no obstante, actualmente, el Registro Nacional de Conductores, para el proceso de migración de la información de las licencias de conducción, se encuentra cerrado desde el 3 de septiembre de 2012 por disposición de Ministerio de Transporte.
Consultar el siguiente pdf
PREGUNTAS FRECUENTES NAVEGADOR GOOGLE CHROME.pdf (315.78 KB)
- Certificado de existencia y representación legal con vigencia no superior a 30 días hábiles
- Rut de la entidad
- Formato registro o actualización usuario autorizado
- Formato creación usuario Remedy
- Formato administración de usuarios en el RUNT
- Pantalla con el resultado aprobado de la evaluación de conocimientos, para las personas que serán usuarios del sistema RUNT.
- Formato IP autorizada para interactuar con el RUNT.
- Pantalla completa de la consulta en la página http://www.cualesmiip.com/ donde se visualice fecha y hora reciente
- Oficio formal en donde se especifique: datos del proveedor de internet con el cual se tiene el servicio y la IP a registrar, dirección geográfica en donde esta asignada la dirección IP y se relacione la dirección IP a registrar.
Nota:
- El representante legal debe estar inscrito en RUNT como persona natural
- Descargar formatos disponibles en la página web.
- La evaluación de conocimientos se encuentra disponible en la herramienta de capacitación Transforma.
- La entidad debe estar inscrita como persona jurídica.
- Todos los soportes deben ser firmados digitalmente
Se debe establecer comunicación con el proveedor del certificado digital, para que le brinde el soporte correspondiente.
Sí, cada documento anexo debe estar firmado digitalmente, sin embargo, si se tienen varios documentos para adjuntar, puede cargar una carpeta comprimida y en este caso la carpeta es la que debe estar firmada digitalmente.
Seleccione la opción Radicar/Entregar del menú principal/Liquidar Solicitud/Estado FUPAS de la entidad, luego se deben diligenciar los datos solicitados en la pantalla; el tipo de especie venal es obligatorio.
Se recuerda que esta consulta debe realizarse después de haberse consumido por lo menos una FUPA, de lo contrario el sistema ge
El SIREV, que por su sigla significa Sistema de Recaudo de Especies Venales, es el mecanismo a través del cual, el Ministerio de Transporte, a partir del 1 de agosto de 2004 y hasta el 2 de noviembre de 2009, verificaba el pago efectuado por el ciudadano respecto de los derechos de asignación de rangos de placas, licencias de tránsito y licencias de conducción, con relación a los trámites que se realizan ante los organismos de tránsito.
Con la entrada del sistema RUNT, el SIREV se reemplazó.
El interesado debe acercarse al organismo de tránsito correspondiente con las pruebas que posea y presentar su requerimiento.
Es importante, tener en cuenta que para los temas correspondientes a multas e infracciones de tránsito los ciudadanos deben dirigirse a la ventanilla del SIMIT.
Se tiene establecido un completo proceso de capacitación y actualización de conocimientos para los diferentes actores que interactúan con la plataforma del RUNT. Ubique en las opciones de la página web la herramienta de capacitación Transforma.
Adicionalmente existen instructivos, en el que se detalla el paso a paso para la interacción y ejecución de los distintos trámites y funcionalidades que aplican según su perfil y autorizaciones, los cuales puede encontrar en la página web y ubicar según sea el actor.
La opción para inscripción de personas naturales en la plataforma RUNT es una funcionalidad que solamente está habilitada para los Organismos de Tránsito y Direcciones Territoriales, en cumplimiento de la resolución 12379 de 2012 del Ministerio de Transporte.
La utilización del Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz se encuentra parametrizada en el sistema RUNT, de acuerdo con la municipalización realizada por el Ministerio de Transporte, en el que se determinan los Centros de Reconocimientos asociados a cada Organismo de Tránsito, lo anterior, de acuerdo con la resolución 217 del 31 de enero de 2014 de Ministerio de Transporte.
De acuerdo con la Resolución 217 del 31 de enero de 2014 y a la resolución de habilitación del Centro de Reconocimiento de Conductores los cupos asignados para un Centro de Reconocimiento de Conductores son de consumo diario.
De acuerdo con la Resolución 1298 del 27 de abril de 2018, actualmente compilada en la resolución 20223040045295 única compilatoria en materia de tránsito del Ministerio de Transporte, el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz, tiene una vigencia de seis (6) meses, contados a partir de la fecha y hora de su registro.
Las desvinculaciones que pueden radicarse a través del aplicativo HQ-RUNT son:
- Tipo desvinculación administrativa por solicitud de la empresa
- Tipo desvinculación administrativa por solicitud del propietario
- Tipo desvinculación por cambio servicio público a particular
- Tipo desvinculación por común acuerdo
- Tipo desvinculación por pérdida de fuerza ejecutoria del acto administrativo de habilitación
- Tipo desvinculación por vida útil
- Tipo desvinculación por vigencia del contrato de vinculación
Para realizar la creación y vinculación de médicos es necesario que el CRC genere un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la mesa de ayuda a las líneas Bogotá: (601) 4232221 o nacional 018000930060, debe adjuntar el formato Administración de Usuarios en el RUNT, disponible en la página web.
Importante:
- El médico por crear debe estar previamente registrado como persona natural en el RUNT.
- Se debe aportar copia legible del documento de identidad.
- Todos los soportes deben estar firmados digitalmente por el usuario autorizado.
Nota: Si el usuario a crear y vincular es nuevo en la entidad, deberá presentar y aprobar la evaluación de conocimientos.
El certificado médico después de la aprobación no puede corregirse, el Centro de Reconocimiento de Conductores debe solicitar la eliminación para lo cual debe generar ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la mesa ayuda a las líneas Bogotá: (601) 4232221 o 018000930060.
- Los soportes que debe adjuntar son: oficio firmado digitalmente, en el cual se relacione el motivo por el cual se requiere eliminar el certificado.
- Datos de la entidad como: nombre, NIT, ID RUNT.
- Nombre y documento del usuario
- Número de solicitud a eliminar.
- Todos los soportes deben estar firmados digitalmente
Los documentos son:
1. Cédula de ciudadanía escaneada al 150%
2. Acta o resolución de nombramiento
3. Certificado o carta laboral actualizada con fecha de expedición no mayor a un (1) mes
4. Copia del RUT de la entidad (cuando se trate de una entidad nueva)
Si se trata de un certificado digital entregado en el kit del RUNT se debe generar ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la línea Bogotá: 601- 4232221 o 018000930060, de esta manera se brindará el soporte correspondiente.
Si es un certificado digital adquirido por su entidad se debe establecer comunicación con el proveedor del certificado digital, para que le brinde el respectivo soporte.
El proceso de cargue de FUPA se puede ver reflejado dentro de las 24 horas hábiles siguientes al pago; para algunas entidades no cargan en línea dado que este proceso requiere de la validación y procesamiento de un reporte emitido por las entidades financieras de recaudo.
Si pasadas las 24 horas no se ve relejado el pago de la FUPA es necesario comunicarse a la mesa de ayuda línea nacional 018000930060 o línea Bogotá: (1) 4232221.
Si el tipo de cargue es uno a uno, cada documento anexo debe estar firmado digitalmente, sin embargo, si se tienen varios documentos para adjuntar, puede cargar una carpeta comprimida y en este caso la carpeta es la que debe estar firmada digitalmente.
Si el tipo de cargue es uno a uno, cada documento anexo debe estar firmado digitalmente, sin embargo, si se tienen varios documentos para adjuntar, puede cargar una carpeta comprimida y en este caso la carpeta es la que debe estar firmada digitalmente.
Todo funcionario que registre información en el RUNT, aparte de tener un certificado digital, debe contar con un usuario y una clave asignada para interactuar con el aplicativo.
Todo funcionario que registre información en el RUNT, aparte de tener un certificado digital, debe contar con un usuario y una clave asignada para interactuar con el aplicativo HQ-RUNT.
Los Organismos de Tránsito del país, las Direcciones Territoriales y los Otros Actores que interactúen con el sistema, no deberán adquirir software alguno para acceder al RUNT, ya que se suministrarán licencias ilimitadas del software del RUNT.
Los Organismos de Tránsito del país, las Direcciones Territoriales y los Otros Actores que interactúen con el sistema, no deberán adquirir software alguno para acceder al RUNT, ya que se suministrarán licencias ilimitadas del software HQ-RUNT, a los actores autorizados y registrados.
Debe ser remitida a los canales que establezca la rama judicial (www.ramajudicial.gov.co). Una vez admitida, los despachos judiciales deben notificarla al correo electrónico exclusivo para notificaciones judiciales: correspondencia.judicial@runt.com.co
Debe ser remitida a los canales que establezca la rama judicial (www.ramajudicial.gov.co). Una vez admitida, los despachos judiciales deben notificarla al correo electrónico exclusivo para notificaciones judiciales: correspondencia.judicial@runt.com.co
La Superintendencia de Puertos y Transporte valida las solicitudes, quejas y reclamos de los usuarios que no pueden realizar trámites ante los Organismos de Tránsito, demora en la atención en los requerimientos solicitados, validación de la información que no ha sido cargada en migración.
De igual forma, solicita información relacionada con Otros Actores, Centro Diagnóstico Automotor, Centro de Reconocimiento de Conductores y Centro de Enseñanza Automovilística, que se encuentran activos (habilitación y/o inhabilitación) a nivel nacional; así como también, lo relacionado con los certificados expedidos por los mismos y lo demás que considere relacionado con dichas entidades.
La resolución 0000793 del 7 de abril de 2013 indica que para el trámite de otorgamiento o recategorización de la licencia de conducción, los Organismos de Tránsito deberán verificar en línea con el sistema RUNT que el Centro de Enseñanza Automovilística se encuentra habilitado por el Ministerio de Transporte y se ubica en el mismo departamento en el que se adelanta el trámite.
La opción para inscripción de personas naturales en la plataforma RUNT es una funcionalidad que solamente está habilitada para los Organismos de tránsito y Direcciones Territoriales, en cumplimiento de la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012 expedida por el Ministerio de Transporte.
El SIREV, que por su sigla significa Sistema de Recaudo de Especies Venales, es el mecanismo a través del cual, el Ministerio de Transporte, a partir del 1 de agosto de 2004 y hasta el 2 de noviembre de 2009, verificaba el pago efectuado por el ciudadano respecto de los derechos de asignación de rangos de placas, licencias de tránsito y licencias de conducción, con relación a los trámites que se realizan ante los organismos de tránsito.
Con la entrada del sistema RUNT, el SIREV se reemplazó.
La corrección del número de pasajeros en la Tarjeta de Operación se realiza a través de ticket, generado por la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la mesa de ayuda línea Bogotá 601- 4232221 o línea nacional 018000930060, previa validación de los datos que reposen en el Registro Nacional Automotor (RNA).
El Centro Diagnóstico Automotor debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al centro de ayuda y servicios: 018000930060 línea nacional, (1) 4232221 línea Bogotá.
Los soportes que deben adjuntar son:
- Oficio de la entidad donde se relacione el motivo por el cual se requiere eliminar el certificado
- Relación de las placas
- Números de solicitudes con los cuales se realizó el registro de los certificados.
- Todos los soportes deben estar firmados digitalmente
Nota: solo se realiza la eliminación de la Revisión Técnico Mecánica, cuando no existen trámites aprobados posteriormente.
Si la entidad al momento de cumplir con el tiempo establecido de la suspensión cuenta con una certificación/acreditación vigente, el sistema realiza el levantamiento automático.
En caso de que la entidad no cuente con una certificación/acreditación vigente, el sistema no realiza el levantamiento de la suspensión y es necesario que la entidad se dirija con el ente certificador/acreditador para el cargue de la respectiva certificación/acreditación (Si la entidad Acreditadora/certificadora no puede registrar la certificación/acreditación por el estado de la entidad “suspendida” debe crear ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la línea (601) - 4232221).
Posterior al cargue de la certificación/acreditación en 24 horas el sistema realiza de manera automática el levantamiento de la suspensión.
Los vehículos en el sistema se encuentran en los siguientes estados: registrado, activo, inconsistente y cancelado, el único estado en que el sistema no permite la generación de la Revisión Técnico-Mecánica es en el estado registrado.
Este proceso lo realiza la Empresa de Transporte a través del portal empresarial, teniendo en cuenta que se radica como un “trámite cancelación tarjeta de operación” y este solo aplica para vehículos en estado cancelado.
Importante, la entidad debe realizar la petición con el siguiente procedimiento:
- Registrar una solicitud por cancelación de TO
- Realizar el pago correspondiente
Una vez registrada la solicitud esta se refleja en la bandeja de la Dirección Territorial para la aprobación de esta.
Este proceso lo deben realizar los actores mediante este portal web, en el espacio de Otros Actores, opción Registro de Organismos de Apoyo al Tránsito. Adicional, deben contar con una certificación/acreditación vigente. Para más información, puede revisar el instructivo RUNT.I.550 Registrar novedad organismo de apoyo.
Una vez la solicitud se encuentre en la bandeja de la Subdirección de tránsito, esta entidad procederá con la aprobación.
No, la revisión técnico mecánica se puede generar siempre y cuando coincidan los datos del vehículo con los registrados en RUNT, de lo contrario se le informa al propietario del vehículo, la novedad para que se dirija al organismo de tránsito y solicite la corrección antes de generar la revisión Técnico-Mecánica del vehículo.
Se puede realizar el cambio de estado a no utilizado, cuando el certificado se haya expedido para el trámite matrícula inicial; para ello, la Dirección Territorial debe solicitar la revocatoria generando ticket a través de la herramienta Remedy.
Se debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al Centro de ayuda y servicios: línea nacional 018000930060, o a la línea en Bogotá (601) 4232221, en el cual se confirme el rango y la entidad a la que se le realizará la asignación.
Es un canal de comunicación directa entre todos los actores y la mesa de ayuda para la atención de solicitudes o tickets.
Sí, los Certificados de Disponibilidad de Capacidad Transportadora pueden ser reimpresos a través del aplicativo HQ-RUNT por la opción de menú: Consulta de Información/Empresas de Transporte/Consulta Capacidad Transportadora siempre y cuando se encuentren en estado vigente.
El Certificado de Disponibilidad de Capacidad Transportadora para Matrícula Inicial debe ser migrado por el Ministerio de Transporte a la base de datos de RUNT y posterior sí se puede generar la tarjeta de operación a través del aplicativo HQ-RUNT.
- Hace seguimiento a las solicitudes, requerimientos y consultas escaladas a la
mesa de ayuda. - Verifica la trazabilidad y el estado de los tickets.
- El actor puede abrir un ticket desde Remedy, sin necesidad de llamar a la mesa de ayuda.
El interesado debe acercarse al organismo de tránsito correspondiente con las pruebas que posea y presentar su requerimiento.
Es importante tener en cuenta que para los temas correspondientes a multas e
infracciones de tránsito los ciudadanos deben contactar al SIMIT.
No, los comprobantes para la habilitación de una Empresa de Transporte se deben generar a través de la opción de menú: Liquidar valores RUNT-Ministerio de Transporte, únicamente.
- Habilitación de Empresas de Transporte.
- Trámite Derechos de Habilitación de Empresa MT
Es el funcionario que la entidad faculta para ingresar y generar tickets, a través de la herramienta de gestión Remedy, máximo se pueden registrar dos usuarios, si los usuarios no van a tener certificado digital, es necesario que los soportes, a adjuntar en los tickets, vengan con firma digital de alguno de los usuarios autorizados o HQ-RUNT por la entidad.
El SIREV, que por su sigla significa Sistema de Recaudo de Especies Venales, es el mecanismo a través del cual, el Ministerio de Transporte, a partir del 1 de agosto de 2004 y hasta el 2 de noviembre de 2009, verificaba el pago efectuado por el ciudadano respecto de los derechos de asignación de rangos de placas, licencias de tránsito y licencias de conducción, con relación a los trámites que se realizan ante los organismos de tránsito.
Con la entrada del sistema RUNT, el SIREV se reemplazó.
Los trámites que se pueden realizar a través del aplicativo HQ-RUNT, asociados al Registro Nacional de Empresas de Transporte (RNET), son:
- Habilitación de Empresas de Transporte
- Expedición Certificados de Disponibilidad de Capacidad Transportadora
- Aprobar solicitudes de Duplicado de Tarjeta de Operación
- Aprobar solicitudes de Tarjeta de Operación por Cambio de Empresa
- Aprobar solicitudes de Tarjeta de Operación por Cambio de Características Técnicas del Vehículo
- Desvinculaciones
- Aprobar solicitudes de Modalidad de Servicio
- Aprobar solicitudes de Cambio de Nivel de Servicio
- Aprobar solicitudes de Modificación
Son los funcionarios que la entidad delega y tienen la potestad para solicitar usuarios ante el RUNT, máximo se pueden registrar dos usuarios y deben contar con certificado digital.
La Superintendencia de Transporte valida las solicitudes, quejas y reclamos de los usuarios que no pueden realizar trámites ante los Organismos de Tránsito como: demoras en la atención en los requerimientos solicitados y validación de la información que no ha sido cargada en migración.
De igual forma, solicita información relacionada con Otros Actores (Centros de Diagnóstico Automotor, Centros de Reconocimiento de Conductores y Centros de Enseñanza Automovilística), que se encuentran activos (habilitación y/o inhabilitación) a nivel nacional; así como también, lo relacionado con los certificados expedidos por los mismos y lo demás que considere relacionado con dichas entidades.
Debe remitir una solicitud formal a la Dirección Territorial del departamento donde reside y labora, solicitando la información respectiva a las horas prácticas y teóricas que se han realizado bajo su licencia de instructor y qué entidades las han generado, esta entidad solicitará la información mediante la herramienta Remedy.
De lo contrario puede radicar un derecho de petición ante el RUNT solicitando dicha información.
Debe ser remitida a los canales que establezca la Rama judicial Una vez admitida, los despachos judiciales deben notificarla al correo electrónico exclusivo para notificaciones judiciales: correspondencia.judicial@runt.com.co
Es un canal de comunicación directa entre todos los actores y la mesa de ayuda para la atención de solicitudes o tickets.
Son los funcionarios que la entidad faculta para ingresar y registrar información en el aplicativo HQ-RUNT, no hay límite de usuarios para crear, pero deben contar con certificado digital, adicional los usuarios nuevos deben presentar y aprobar la evaluación de conocimientos.
Los Organismos de Tránsito del país, las Direcciones Territoriales y los Otros Actores que interactúen con el sistema, no deberán adquirir software alguno para acceder al RUNT, ya que se suministrarán licencias ilimitadas del software HQ-RUNT, a los actores autorizados y registrados.
A través de la IP fija publica las entidades se conectan con el sistema RUNT, aparte de registrar la IP principal, se puede una o varias IP de respaldo, siempre que sean fijas públicas.
- Hace seguimiento a las solicitudes, requerimientos y consultas escaladas a la
mesa de ayuda. - Verifica la trazabilidad y el estado de los tickets.
- El actor puede abrir un ticket desde Remedy, sin necesidad de llamar a la mesa de ayuda.
El rechazo por SOAT se puede presentar por diferentes motivos, por ejemplo:
- El SOAT no ha sido cargado por la Aseguradora.
- El SOAT fue cargado relacionando un país diferente a Colombia, esto impide que se realice el trámite, y la Aseguradora debe realizar el remplazo de la póliza ingresando el código del país que corresponde a Colombia.
- El SOAT fue cargado con los datos del vehículo incompletos: el sistema valida el SOAT bajo diferentes criterios como: el país, los guarismos, la marca, la línea y el ID del vehículo. En este caso la Aseguradora debe realizar la corrección de los datos para que el trámite sea aprobado correctamente.
Para identificar cuál de los anteriores casos es el motivo por el cual se rechaza el trámite, la entidad puede generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la línea en Bogotá: 601 4232221, relacionando los guarismos del vehículo y el SOAT generado para el automotor, RUNT procederá con la verificación y le indicará el procedimiento a seguir.
Es un canal de comunicación directa entre todos los actores y la mesa de ayuda para la atención de solicitudes o tickets.
Todo funcionario que registre información en el RUNT, adicional a contar con un certificado digital, debe contar con un usuario y una clave asignada para interactuar con el aplicativo HQ- RUNT.
No, el usuario Remedy solo puede estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario a través de los canales establecidos, para más información sobre este proceso se puede comunicar a las líneas Bogotá (601)- 4232221 o línea nacional 018000930060.
Es el funcionario que la entidad faculta para ingresar y generar tickets, a través de la herramienta de gestión Remedy, máximo se pueden registrar dos usuarios, si los usuarios no van a tener certificado digital, es necesario que los soportes, a adjuntar en los tickets, vengan con firma digital de alguno de los usuarios autorizados o HQ-RUNT por la entidad.
Son los funcionarios que la entidad delega y tienen la potestad para solicitar usuarios ante el RUNT, máximo se pueden registrar dos usuarios y deben contar con certificado digital.
No, el usuario autorizado solo puedes estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario.
Si el tipo de cargue es uno a uno, cada documento anexo debe estar firmado digitalmente, sin embargo, si se tienen varios documentos para adjuntar, puede cargar una carpeta comprimida y en este caso la carpeta es la que debe estar firmada digitalmente.
- Hace seguimiento a las solicitudes, requerimientos y consultas escaladas a la
mesa de ayuda. - Verifica la trazabilidad y el estado de los tickets.
- El actor puede abrir un ticket desde Remedy, sin necesidad de llamar a la mesa de ayuda.
Son los funcionarios que la entidad faculta para ingresar y registrar información en el aplicativo HQ-RUNT, no hay límite de usuarios para crear, pero deben contar con certificado digital, adicional los usuarios nuevos deben presentar y aprobar la evaluación de conocimientos.
Son los funcionarios que la entidad faculta para ingresar y registrar información en el aplicativo HQ-RUNT, no hay límite de usuarios para crear, pero deben contar con certificado digital, adicional los usuarios nuevos deben presentar y aprobar la evaluación de conocimientos.
No, solo puede estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario, a través de los canales establecidos, para más información sobre este proceso se puede comunicar a las líneas Bogotá (601)- 4232221 o línea nacional 018000930060
La entidad interesada en crear el usuario Remedy debe comunicarse a la mesa de ayuda y servicios marcando a la línea en Bogotá 601- 4232221 o a la línea nacional 018000930060, aportando el formato CTE.F.05 Formato administración de usuarios Remedy, disponible en la sección de Formatos de la página web.
Si se trata de una entidad nueva, el proceso se surte en la activación ante el RUNT.
Si es una entidad existente, puede realizar el proceso por medio de la herramienta Remedy por autoservicio o a través de la mesa de ayuda y servicios mediante los canales establecidos y mencionados inicialmente.
Si se trata de un certificado digital entregado en el KIT del RUNT se debe generar ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la línea en Bogotá (601) - 4232221 o a la línea nacional 018000930060, para brindar el soporte correspondiente.
Si es un certificado digital adquirido por su entidad, se debe establecer comunicación con el proveedor del certificado digital, para que le brinde el respectivo soporte.
Es el funcionario que la entidad faculta para ingresar y generar tickets, a través de la herramienta de gestión Remedy, máximo se pueden registrar dos usuarios, si los usuarios no van a tener certificado digital, es necesario que los soportes, a adjuntar en los tickets, vengan con firma digital de alguno de los usuarios autorizados o HQ-RUNT por la entidad.
No, el usuario Remedy solo puede estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario.
Para la creación del usuario HQ-RUNT, debe realizar la solicitud mediante el formato “Administración de usuarios en el RUNT”, que se encuentra en la sección de formatos de cada actor. Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato.
Para más información sobre el proceso a seguir, también puede consultar el instructivo Creación de usuario y cambio de clave para el ingreso al HQ-RUNT
No, el usuario autorizado solo puedes estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario.
Para la creación del usuario HQ-RUNT, debe realizar la solicitud mediante el formato “Administración de usuarios en el RUNT”, que se encuentra en la sección de formatos de cada actor. Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato.
Para más información sobre el proceso a seguir, también puede consultar el instructivo Creación de usuario y cambio de clave para el ingreso al HQ-RUNT
Debe realizar la solicitud de usuario autorizado mediante el formato Administración de Usuarios que se encuentra en la página web. Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato.
Para el envío de la información es necesario que genere un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) – 4232221.
El formato debe estar firmado digitalmente.
No, el usuario Remedy solo puede estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario.
No, solo puede estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario.
Es un canal de comunicación directa entre todos los actores y la mesa de ayuda para la atención de solicitudes o tickets.
Si, el cambio de sede se puede solicitar a través del formato Administración de usuarios en el RUNT que se encuentra disponible en la página web. Al diligenciar el formato recuerde marcar la opción: Cambiar sede usuario.
Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato. Para el envío de la información es necesario que genere un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a la línea Bogotá (601) - 4232221 o línea nacional 018000930060.
Importante:
- - El formato debe estar firmado digitalmente por el usuario autorizado
- - El cambio de sede aplica únicamente para sedes bajo el mismo NIT.
No, solo puede estar activo para una entidad, en el caso que sea contratado en otra entidad, debe surtir el proceso de eliminación de usuario.
La entidad interesada en crear el usuario Remedy debe comunicarse a la mesa de ayuda y servicios marcando a la línea en Bogotá 601- 4232221 o a la línea nacional 018000930060, aportando el formato CTE.F.05 Formato administración de usuarios Remedy, disponible en la sección de Formatos de la página web.
Si se trata de una entidad nueva, el proceso se surte en la activación ante el RUNT.
Si es una entidad existente, puede realizar el proceso por medio de la herramienta Remedy por autoservicio o a través de la mesa de ayuda y servicios mediante los canales establecidos y mencionados inicialmente.
- Hace seguimiento a las solicitudes, requerimientos y consultas escaladas a la
mesa de ayuda. - Verifica la trazabilidad y el estado de los tickets.
- El actor puede abrir un ticket desde Remedy, sin necesidad de llamar a la mesa de ayuda.
Es el funcionario que la entidad faculta para ingresar y generar tickets, a través de la herramienta de gestión Remedy, máximo se pueden registrar dos usuarios, si los usuarios no van a tener certificado digital, es necesario que los soportes, a adjuntar en los tickets, vengan con firma digital de alguno de los usuarios autorizados o HQ-RUNT por la entidad.
A través del enlace https://rsso-runt.atento.com.co/rsso/start podrá acceder a la herramienta Remedy con el usuario y contraseña asignada, recuerde consultar el paso a paso para generar el autoservicio en el Instructivo Remedy Digital Workplace Gestión de tickets por autoservicio y funcionalidades, disponible en la página web.
El grupo de Coordinación RUNT debe generar un ticket por autoservicio o puede comunicarse con la mesa de ayuda y servicios marcando a la línea en Bogotá 601- 4232221 o a la línea nacional 018000930060, solicitando la creación del usuario Remedy, aportando el CTE.F.05 Formato administración de usuarios Remedy, disponible en esta página web, en la sección de Formatos de cada actor.
Debe realizar la solicitud de creación de usuario mediante el formato “Administración de usuarios en el Runt” que se encuentra en la sección de Formatos de la página web, se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato. Para el envío de la información es necesario que genere un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando a las líneas Bogotá 601- 4232221 o 018000930060.
Importante:
- Los usuarios nuevos deben presentar y aprobar la evaluación de conocimientos que se encuentra disponible en la herramienta de capacitación.
- El formato debe estar firmado digitalmente.
- Para más información sobre el proceso a seguir, puede consultar el instructivo CTE.I.07 Creación de Usuarios y cambio de clave para el ingreso al HQ-RUNT.
Los instructivos pueden ser consultados en la sección de “Instructivos y Manuales” de la página web RUNT.
El PDF del resultado de la RTM, se puede imprimir nuevamente en la Consulta de Vehículos por Placa, recuerde que debe ingresar número de placa y documento de identidad del propietario, esta acción solo se podrá realizar durante la vigencia de la RTM.
Debe realizar la solicitud de usuario autorizado mediante el formato Administración de Usuarios que se encuentra en la página web. Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato.
Para el envío de la información es necesario que genere un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) – 4232221.
El formato debe estar firmado digitalmente.
A través del enlace: https://rsso-runt.atento.com.co/rsso/start podrá acceder a la herramienta Remedy con el usuario y contraseña asignado, recuerde consultar el instructivo sobre el paso a paso para generar el autoservicio, disponible en la sección de instructivos y manuales de la página web.
Ubique la opción de Remedy en el espacio de cada actor de esta página web y con el usuario y contraseña asignada podrá acceder a la herramienta Remedy. Puede consultar el paso a paso para generar el autoservicio en el Instructivo Gestión de tickets por autoservicio Remedy Pro, el cual está disponible en la sección de instructivos de cada actor en este portal web.
Para la activación de una entidad nueva, se debe realizar el proceso de autorización y registro ante el Ministerio de Transporte y el RUNT a través de la página web en la opción Registro de Organismos de Apoyo.
Para más información puede comunicarse con la mesa de ayuda y servicios a las líneas de atención (601) - 4232221 o 018000930060.
A través del enlace https://rsso-runt.atento.com.co/rsso/start podrá acceder a la herramienta Remedy con el usuario y contraseña asignada, recuerde consultar el paso a paso para generar el autoservicio en el Instructivo Remedy Digital Workplace Gestión de tickets por autoservicio y funcionalidades, disponible en la página web.
El sistema hace la validación acorde al tipo de conformación de la entidad, es decir:
- Tipo de conformación persona natural: los vehículos deben estar a nombre del propietario, al tipo de documento cédula de ciudadanía.
- Tipo de conformación persona jurídica: los vehículos deben estar a nombre de la entidad, al mismo tipo y número de documento NIT (sin dígito de verificación).
- Tipo de conformación sociedad de hecho (copropiedad): los vehículos deben estar a nombre de cualquiera de los propietarios, al tipo de documento que se relacione en el certificado de existencia y representación legal de la copropiedad.
Es importante tener en cuenta que antes de realizar la solicitud de creación usuario a través de la herramienta Remedy es necesario que el funcionario haya presentado y aprobado la evaluación de conocimientos, disponible en la herramienta de capacitación.
La contraseña debe cambiarse cada 30 días.
El usuario HQ-RUNT se inactiva por el no ingreso del usuario durante 30 días consecutivos.
Para realizar la inscripción sin huella se debe registrar el certificado sin huella previamente a la inscripción de persona natural.
Luego, cuando se realiza la inscripción del ciudadano que no posee huella, el sistema valida que se haya cargado la certificación del ente que le certificó a la persona sin huella, de esta manera el sistema no validará la huella al momento de hacer el registro del ciudadano ante el RUNT.
En el menú principal de HQ-RUNT seleccione la opción Incorporar Autorizaciones / Certificaciones - Registro de información – Registrar Persona sin Huella del menú principal, opción disponible sólo para Organismos de Tránsito.
El Organismo de Tránsito debe solicitar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al * 1000. Los soportes que debe adjuntar son:
- Acto administrativo firmado digitalmente.
Para este proceso debe tener en cuenta que para la matrícula de Remolque y Semirremolque no se preasigna una placa. Una vez registrado el certificado de registro (datos de la Ficha Técnica de Homologación) se debe proceder con el trámite de matrícula inicial, lo anterior, teniendo en cuenta la Resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, compendiada, actualmente, en la Resolución 45295 de 2022 del Ministerio de Transporte.
Para este proceso se debe tener en cuenta que antes de la preasignación de la placa el Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al * 1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) - 4232221, en el que solicite el cambio de servicio de la placa o placas requeridas en el servicio oficial, luego se procede con la matrícula de la motocicleta normalmente.
Los tipos de condición de ingreso parametrizados son:
- No Usado: es aquel vehículo que no ha sido comercializado dentro del año modelo asignado por el ensamblador o fabricante y que no ha sido sometido a registro inicial previamente. Es de resaltar que estos vehículos se podrán comercializar y registrar con posterioridad al año modelo, siempre que la factura corresponda a un período no mayor a 60 días hábiles anteriores a la fecha en que se solicita el registro inicial.
- Nuevo: entendiéndose como tal el vehículo comercializado durante el año del modelo asignado por el fabricante o ensamblador.
- Remate o Adjudicación: transferencia de un bien a través de martillero o subastador, mediante una subasta o venta pública, con lo cual se expide un documento oficial de remate o adjudicación. El registro de los vehículos no registrados de propiedad de las entidades de derecho público, rematados o adjudicados a cualquier título traslaticio del dominio, sobre los cuales no exista certificado individual de aduana, declaración de importación ni factura de venta, requiere que el Organismo de tránsito, previo a la solicitud del trámite de Registro inicial ante el RUNT, registre directamente en el sistema la información del acta de remate o adjudicación de vehículo, emitido por alguna de las autoridades correspondientes (DIAN, Martillo–Banco Popular, Fondos Rotatorios, Entidades de Derecho Público).
Es de aclarar que los vehículos tipo bombero y vehículos donados serán registrados como remate o adjudicación siempre y cuando se encuentran dentro de los 20 años de su vida útil.
El Organismo de Tránsito debe solicitar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) - 4232221. Los soportes que debe adjuntar son: acta de Importación, adicionalmente debe especificar dentro de la información el incidente los siguientes datos de la declaración de importación:
- No. Declaración
- Tipo de Registro
- Fecha Declaración.
- No. Levante
- Fecha de Levante
- Nit, Nombre, Persona en la Declaración (tomado de la matriz de atención)
Los tiempos de impresión y reimpresión para las licencias de conducción son:
- Impresión (8 días)
- Reimpresión (24 horas)
Los tiempos de impresión y reimpresión para las licencias de tránsito son:
- Impresión (8 días)
- Reimpresión (24 horas)
La resolución 5646 de 2009 dicta las especificaciones del formato de VIN, este estándar es internacional y todo fabricante fuera o dentro del país debe cumplir con ellas, así el VIN debe tener 17 caracteres alfanuméricos, en números arábigos y sin incluir las letras O, I, Q, Ñ, los cuatro últimos caracteres deben ser números; si no cumple con dichas especificaciones, el sistema alertará con un mensaje.
Excepto cuando se trate de pequeños fabricantes.
No, de acuerdo con la resolución 1068 del 23 de abril de 2015 del Ministerio de Transporte, la maquinaria no requiere de placa para su matrícula, el sistema asigna el número único de identificación así:
- MA MAQUINARIA AGRICOLA MA######
- MC MAQUINARIA DE CONTRUCCIÓN Y AUTOPROPULSADA MC######
- MI MAQUINARIA INDUSTRIAL MI######
La opción se dispuso para los ciudadanos, existe un módulo en la página web del RUNT, en el cual el ciudadano puede generar la guía de movilización. Ubicar en la página web el espacio de Ciudadanos y buscar la opción Guía de Movilización.
Depende de los siguientes escenarios:
- Si la maquinaria fue ingresada al país antes del decreto 019 de 2012, su registro es voluntario.
- Tenga en cuenta que, si la maquinaria fue ingresada al país antes del decreto 019 de 2012, su registro es voluntario, excepto porque se trate de las subpartidas arancelarias: 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, caso en el cual, su registro es obligatorio.
- Si la maquinaria fue ingresada después del decreto 019 de 2012, su registro es obligatorio indistintamente de la subpartida arancelaria.
El registro de accidentalidad está a cargo de los organismos de tránsito, DITRA (Dirección de Tránsito y Transporte – Policía Nacional) y alcaldía de los municipios que no cuentan con organismo de tránsito municipal ni departamental, de acuerdo con la resolución 11268 del 6 de diciembre de 2012 del Ministerio de Transporte.
Se debe utilizar el formato de la resolución 11268 del 6 de diciembre de 2012 del Ministerio de Transporte.
No, para el cargue de accidentalidad en el HQ-RUNT se deben utilizar los rangos asignados por RUNT.
La resolución 0000793 del 3 de abril de 2013 del Ministerio de Transporte, indica que, para los trámites de expedición y recategorización de la licencia de conducción, los organismos de tránsito deberán verificar en línea con el sistema RUNT que el CEA se encuentra habilitado por el Ministerio de Transporte o registrado en el sistema RUNT y se ubique en el mismo departamento en el que se adelanta el trámite.
El Organismo de Tránsito debe generar ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al * 1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) - 4232221.
Los soportes que debe enviar son:
- Oficio de solicitud con fecha reciente
- Última licencia de tránsito
- Certificado de nueva residencia (esto cuando se trate de una radicación de cuenta), cuando sea rango propio, adicionalmente, deben anexar manifiesto o factura de compra
- Todos los documentos firmados digitalmente.
El Organismo de Tránsito debe generar la solicitud a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al * 1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) - 4232221.
Los soportes que debe aportar son:
- Acto administrativo y los soportes correspondientes, teniendo en cuenta la normatividad vigente,
- Los soportes deben estar firmados digitalmente.
Se debe seleccionar la opción Incorporar Autorizaciones /Certificaciones/ Cargue/ cargue archivo de migración, seleccionar RNA y buscar la ruta donde tenga guardado el archivo a cargar y finalizar.
Es necesario generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al * 1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) - 4232221.
Los soportes que debe adjuntar son:
- Archivo plano correspondiente a prendas firmado digitalmente, el estándar se encuentra publicado en la página web en la sección de Formatos.
- Formato estándar RNA final
- Se debe tener en cuenta que el sistema genera un boletín de lectura del archivo, el cual puede ser aprobado o rechazado.
De acuerdo con el comunicado 129 de noviembre 19 de 2018, la corrección de propietarios se realiza a través de la nueva funcionalidad de HQ-RUNT: Modificar propietarios migrados, la cual está ubicada en el menú principal Radicar/Entregar – Registrar Solicitud - Automotores - Modificar propietarios migrados.
Si el sistema le genera algún error puede reportarlo al *1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) - 4232221.
Es necesario que el Organismo de Tránsito genere un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) - 4232221.
Los documentos que debe adjuntar son:
- Oficio de solicitud firmado digitalmente donde especifique la placa y el motivo justificado por el cual está solicitando la eliminación.
El Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) – 4232221.
Los documentos que debe adjuntar son:
- Oficio de solicitud y el soporte según sea el tipo de modificación, los mismos deben estar firmados física y digitalmente.
El organismo de tránsito debe generar el archivo plano de repotenciados según el radicado MT No. 20124210084171 del 22/02/2012 expedido por el Ministerio de Transporte; para este procedimiento es necesario generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al * 1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) - 4232221. El archivo debe estar firmado digitalmente.
Nota: se debe tener en cuenta que el sistema genera un boletín de lectura del archivo, el cual puede ser aprobado o rechazado.
Lo primero es revisar que no exista un error en la placa migrada por el organismo de tránsito. Adicionalmente, se debe verificar a qué autoridad de tránsito le fue asignado determinado rango de placa. Finalmente, habiéndose confirmado que existen dos vehículos con la misma placa se debe dar aplicación a lo contemplado en la Resolución 10378 de 1 de noviembre de 2012 del Ministerio de Transporte.
El Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) - 4232221.
Los soportes que debe aportar son:
- Oficio de solicitud
- Licencia de tránsito donde se evidencie el servicio a corregir.
- Los documentos deben estar firmados digitalmente
El organismo de tránsito debe remitir al Ministerio de Transporte la solicitud de parametrización, anexando la resolución de asignación de rangos expedida por el Ministerio de Transporte; a su vez esta entidad se encargará de revisar el caso y remitir la autorización a RUNT para la parametrización.
El Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) – 4232221.
Los soportes que debe aportar son:
- Oficio de solicitud
- Licencia de tránsito en formato de placa 3 – 3
- Los documentos deben estar firmados digitalmente.
Para las solicitudes de cambio de placa, en los casos en los que no se posea la licencia de tránsito en el formato 3 letras 3 números se debe adjuntar lo siguiente:
- Una certificación del Organismo de Tránsito en la que se haga constar que, sobre determinado vehículo de servicio particular, se realizó el cambio de placas del formato de dos letras y cuatro números a tres letras y tres números, dicho documento debe contener las características del automotor.
- Los soportes correspondientes al trámite realizado de cambio de placas.
El kit RUNT consta de:
- ✓ Un (1) Computador de escritorio tipo “Todo En Uno”, por sus siglas en inglés AiO (All in One).
- ✓ Un (1) Teclado USB
- ✓ Un (1) Mouse USB
- ✓ Un (1) Lector de Huella – Biométrico
- ✓ Una (1) Cámara de video
- ✓ Un (1) Lector de Código Bidimensional
✓ Un (1) Digitalizador de Firmas
Cualquier novedad relacionada con el funcionamiento del kit provisto por el RUNT deben ser reportada a la mesa de ayuda y servicios del RUNT. Los teléfonos de contacto son:
- Extensión IP: *1000
- Teléfono fijo en Bogotá: 601 4232221
- Línea nacional: 018000930060.
Los documentos son:
- Cédula de ciudadanía escaneada al 150%.
- Acta o resolución de nombramiento.
- Certificado o carta laboral actualizada con fecha de expedición no mayor a un (1) mes.
- Copia del RUT de la Entidad (cuando se trate de una entidad nueva)
Si se trata de un certificado digital entregado en el kit del RUNT se debe generar ticket a través de la herramienta Remedy por autoservicio o llamando al *1000 en caso de tener IP directa y/o línea Bogotá: (601) - 4232221, de esta manera brindará el soporte correspondiente.
Si es un certificado digital adquirido por su entidad se debe establecer comunicación con el proveedor del certificado digital, para que le brinde el respectivo soporte.
Si el tipo de cargue es uno a uno, cada documento anexo debe estar firmado digitalmente, sin embargo, si se tienen varios documentos para adjuntar, puede cargar una carpeta comprimida y en este caso la carpeta es la que debe estar firmada digitalmente.
Todo funcionario que registre información en el RUNT, aparte de tener un certificado digital, debe contar con un usuario y una clave asignada para interactuar con el aplicativo HQ-RUNT
Los Organismos de Tránsito del país, las Direcciones Territoriales y los Otros Actores que interactúen con el sistema, no deberán adquirir software alguno para acceder al RUNT, ya que se suministrarán licencias ilimitadas del software HQ-RUNT.
Debe ser remitida a los canales que establezca la rama judicial (www.ramajudicial.gov.co). Una vez admitida, los despachos judiciales deben notificarla al correo electrónico exclusivo para notificaciones judiciales: correspondencia.judicial@runt.com.co
La Superintendencia de Transporte valida las solicitudes, quejas y reclamos de los usuarios que no pueden realizar trámites ante los Organismos de Tránsito, demora en la atención en los requerimientos solicitados, validación de la información que no ha sido cargada en migración.
De igual forma, solicita información relacionada con Otros Actores, Centro Diagnóstico Automotor, Centro de Reconocimiento de Conductores y Centro de Enseñanza Automovilística, que se encuentran activos (habilitación y/o inhabilitación) a nivel nacional; así como también, lo relacionado con los certificados expedidos por los mismos y lo demás que considere relacionado con dichas entidades.
El SIREV, que por su sigla significa Sistema de Recaudo de Especies Venales, es el mecanismo a través del cual, el Ministerio de Transporte, a partir del 1 de agosto de 2004 y hasta el 2 de noviembre de 2009, verificaba el pago efectuado por el ciudadano respecto de los derechos de asignación de rangos de placas, licencias de tránsito y licencias de conducción, con relación a los trámites que se realizan ante los organismos de tránsito.
Con la entrada del sistema RUNT, el SIREV se reemplazó.
El interesado debe acercarse al organismo de tránsito correspondiente con las pruebas que posea y presentar su requerimiento.
Es importante, tener en cuenta que para los temas correspondientes a multas e infracciones de tránsito los ciudadanos deben dirigirse a la ventanilla del SIMIT.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje deberá cerciorarse primero que ha registrado correctamente el número del sustrato al momento de realizar la impresión.
Si verificado lo anterior persiste el error, deberá generar un ticket mediante la herramienta Remedy o llamando al *1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) - 4232221, para que se verifique el caso a través de los cargues realizados por los proveedores de sustratos autorizados.
“El usuario con número de cédula XXX ya se encuentra inscrito ante el RUNT”.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, debe verificar que ha registrado y/o seleccionado correctamente el tipo de documento de la persona que desee inscribir; igualmente puede validar los datos de esta persona por Consultar persona natural o Consultar persona jurídica, según el caso.
Si desea corregir la información de la persona natural o jurídica, debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000 si cuenta con IP directa y/o línea Bogotá (601) - 4232221.
Los soportes que debe adjuntar son:
- Certificado de existencia y representación legal no mayor a 30 días, para persona natural
- Pantalla del error presentado
- Fotocopia legible del documento de identidad del ciudadano solicitante.
- Los documentos deben estar firmados digitalmente
Señor usuario: en estos casos debe validar si existe una preasignación de placa ya autorizada para la entidad, para lo anterior, por favor ingrese por consulta información/consultar automotor preasignado. Si arroja resultado significa que existe preasignación; si no arroja resultado es porque aún no se ha preasignado la placa y debe realizar dicho proceso.
El paso a paso lo encontraran en el instructivo Preasignación de placa OT RNA, disponible en la página web
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, valide que el formato de la placa para la cual está radicando el trámite no corresponda a un formato antiguo.
Si corresponde a un formato antiguo, éste debe ser cambiado antes de la solicitud de cualquier otro trámite.
En caso de que el vehículo sí tenga un formato actualizado de placa, debe comunicarse a la mesa de ayuda o llamando al *1000.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje de error deberá realizar el reporte del caso por medio del *1000 informando la placa del vehículo para el cual se le presentó el mensaje. Las personas encargadas de brindarle soporte le informarán cuál es el Organismo de Tránsito que tiene el registro activo y así podrá realizar la gestión correspondiente.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, deberá revisar que al momento de realizar el registro de la solicitud, los trámites relacionados en los comprobantes únicos de pago correspondan exactamente con los trámites a radicar o solicitados. Si tiene alguna duda con respecto a los trámites relacionados en el comprobante único de pago y liquidación, usted podrá realizar la consulta del detalle por medio de la funcionalidad Radicar/Entregar - Liquidar solicitud - Consultar datos de liquidación.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje y la liquidación fue generada realmente por su Organismo de Tránsito, cerciórese que el número de comprobante registrado o remitido es el correcto; si después de verificar que el número del CUPL está correcto, deberá realizar la apertura del respectivo requerimiento a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000 informando el número de la liquidación sobre la cual se está presentando el inconveniente.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje debe en primera instancia realizar la consulta por la funcionalidad Radicar/Entregar - Liquidar solicitud - Consultar datos de liquidación y verificar el estado de la liquidación. En caso tal que la misma aparezca en estado emitido, significa que el banco no ha realizado el reporte del pago para esa liquidación, razón por la cual deberá realizar la apertura del respectivo requerimiento a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000, para que se escale la solicitud y se verifique el pago contra los archivos de entidades bancarias.
Si el estado de la liquidación es pagado intente radicar nuevamente el trámite, ya que puede existir la posibilidad que el cambio del estado de la liquidación a pagado se haya actualizado después de la primera radicación. Si persiste el rechazo y el boletín define la misma causal se debe solicitar soporte por medio de la línea *1000 o a través de la línea nacional 018000930060 y en Bogotá al 4232221.
Señor usuario: si al momento de ingresar al aplicativo del RUNT le aparece esta advertencia, la información de nombre de usuario o contraseña ingresada no es correcta, debe realizar el reseteo de la clave.
Para más información puede comunicarse a la mesa de ayuda por medio de la línea *1000 si cuenta con IP directa y/o a través de la línea nacional 018000930060 y en Bogotá al (601) 4232221.
Esta actividad se puede realizar teniendo en cuenta lo siguiente:
- Por correo electrónico: recuerde que la información de la TO, le llegará al correo que relacionó al momento del registro por el portal empresarial
- A través del portal empresarial: ingresando con usuario y contraseña, y elije “ver mi solicitud”, seleccionando el trámite que corresponda y buscando por No. de solicitud o placa, allí ingresa a la opción Detalle/Documentos/ Descargar Tarjeta de operación.
Nota: Debe tener presente que, para descargar las tarjetas de operación, es necesario habilitar las ventanas emergentes.
Para el restablecimiento de la contraseña, debe ingresar al portal empresarial mediante la página web RUNT, tener en cuenta la siguiente información:
- Ingrese a través del Portal Empresarial, disponible en la página web RUNT. Recuerde que debe aceptar las políticas.
Por la opción olvidó su clave, ingrese los datos de tipo, número de documento y captcha. Como resultado recibirá un enlace al correo electrónico que tiene registrado en el RUNT, allí podrá finalizar el proceso de reseteo de la contraseña.
Se debe reportar a través de los canales establecidos, los cuales se relacionan a continuación:
- Correo electrónico: soporte@runt.com.co, si se aportan de pantallas de error, recuerde que estas deben ser completas donde se visualice fecha y hora, igualmente deben estar firmadas digitalmente.
- Líneas de atención: fijo en Bogotá (601)- 4232221 o línea nacional 018000930060
La entidad encargada de realizar la aprobación de la TO es la Dirección Territorial, tener en cuenta que, para proceder con la impresión de esta, el estado de la solicitud debe ser aprobado.
La autoridad de tránsito encargada de este proceso es el Ministerio de Transporte a través de la Dirección Territorial donde se encuentre vinculada la empresa.
La impresión de la TO se puede realizar a través del portal empresarial, ingresando con usuario y contraseña, por la opción ver mi solicitud, seleccionando el trámite que corresponda y buscando por No. de solicitud o placa, allí ingresa a la opción Detalle/Documentos/ Descargar Tarjeta de operación.
Se puede para:
- Radio de acción nacional especial
- Radio de acción pasajeros por carretera
- Radio de acción mixto
A continuación, se relacionan proveedores autorizados:
- Andes Servicios de Certificación Digital S.A
- Certicámara S.A.
- Gestión de Seguridad Electrónica - GSE
En el caso de presentar novedades con el certificado digital, el encargado de prestar el soporte y acompañamiento es el proveedor con el cual se adquirió dicho certificado.
La empresa de transporte debe cumplir con lo siguiente:
- Estar inscrita como persona jurídica
- Estar habilitada como empresa de transporte
- Estar migrada en la base de datos del RUNT
- Debe contar con alguno de los siguientes radios de acción:
- Radio de acción nacional especial
- Radio acción pasajeros por carretera
- Radio de acción mixto
La expedición del comprobante de pago lo realiza la empresa de transporte al momento de crear la solicitud a través del portal empresarial
La cancelación de la TO se realiza a través del portal empresarial tenga en cuenta lo siguiente:
- Registrar una solicitud por cancelación de TO
- Realizar el pago correspondiente
Una vez la dirección territorial apruebe la solicitud, puede continuar con el trámite.
Para más información sobre este proceso, ubique el instructivo RUNT.I.608 Solicitar Tarjeta de Operación, disponible en la página web RUNT.
Para información sobre el proceso de firmado digital, debe contactar al proveedor del certificado digital.
El código del SOAT para vehículo debe corresponder a 910 o 920, según la capacidad de pasajeros
Para rectificar el código que registra el vehículo, puede consultar a través de la Consulta por Placa, disponible en la página del RUNT, ingresando placa y cédula del propietario por la opción SOAT, se relaciona la información de los códigos según la capacidad de pasajeros.
- El código de SOAT 910 corresponde a vehículo menor de 10 pasajeros
- El código de SOAT 920 corresponde a vehículo de 10 o más pasajeros
Si al momento de validar registra un código diferente a los relacionados, es necesario validar ante la aseguradora quién expidió el seguro del vehículo, con el fin que realice la corrección y reemplazo del SOAT.
Para la modificación del correo electrónico es necesario remitir un oficio formal a la cuenta de correo soporte@runt.com.co el cual debe encontrarse con la firma manuscrita del representante legal y firmado digitalmente.
Los días permitidos para la expedición de una PVO son 8 días máximo.
De acuerdo con la resolución 2433 del 22 de junio de 2018 del Ministerio de Transporte, la cantidad permitida por vehículo es:
- Tres (3) para modalidad individual y mixto
- Para la modalidad nacional el máximo será de 6 planillas por vehículo al mes.
- El único departamento que está excepto de esto es Quindío, quienes para los vehículos de modalidad individual y mixto tienen permitido un máximo de 6 planillas y para los vehículos de modalidad nacional el máximo permito es de 12 planillas por mes.
De acuerdo con la resolución 2433 de 2018 de Ministerio de Transporte, el tiempo establecido para modificar una PVO es de 15 minutos, vencido este tiempo, el rango cambia a estado consumido.
- El número de intentos de ingreso al aplicativo de PVO son tres (3) por usuario.
- En el caso que se presente bloqueo de contraseña el tiempo de recuperación será de tres (3) horas. Posterior a esto se darán tres (3) intentos nuevamente para realizar el ingreso,
- Para la recuperación de la contraseña son tres (3) intentos por día.
El sistema valida las tarjetas de operación de acuerdo con la modalidad de servicio así:
- Para la modalidad individual y mixto la vigencia de la tarjeta es de un (1) año
- Para la modalidad nacional la vigencia de la tarjeta es de dos (2) años
Se debe tener en cuenta lo siguiente:
- A través del portal empresarial podrá generar y descargar el comprobante de pago, (se recomienda que el comprobante de pago se realice en una impresora láser)
Para más información sobre este proceso puede revisar el instructivo Generar comprobante único de pago y liquidación (CUPL), disponible en la página web RUNT.
El navegador autorizado es Google Chrome.
Este proceso se debe generar a través de ticket, llamando a mesa de ayuda y servicios a las líneas (601) - 4232221 en Bogotá y/o línea nacional 018000930060 o enviando una solicitud a la cuenta de correo soportepvo@runt.com.co.
Para tener en cuenta:
Se debe remitir un oficio firmado digitalmente por el gerente de la empresa de transporte, donde se indiquen los siguientes datos:
- Correo electrónico: relacionar el correo antiguo y nuevo, donde se informe el motivo del cambio.
- Representante Legal: nombre del representante legal, tipo de documento, número de documento, teléfono y adjuntar la cámara de comercio vigente.